Comunican que ANMAT prohibió la elaboración de productos que no pueden ser identificados
La Dirección de Calidad Alimentaria, Zoonosis y Medio Ambiente difundió una información del Administrador Nacional de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) en relación a “Que por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el artículo 9° de la Ley Nº 18284.
POR ELLO DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea de los productos: Berenjenas en escabeche; Chimichurri saludable ; Pesto genovés en escabeche; Salsa criolla; Salsa Willy’s; Tomates condimentados; Aceitunas rellenas con provolone; Pickles artesanales; Pollo en escabeche; Salsa criolla vegana y Chimichurri tradicional, marca la Gourmetería, por carecer de registros, estar falsamente rotulados resultando ser en consecuencia ilegales.
ARTÍCULO 2°.- Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea del producto: Aceite de oliva virgen extra, marca la Gourmeteria, RNPA 025- 13031986, RNE 13005456 - origen Mendoza, por carecer de registros sanitarios, por consignar registros de producto y establecimiento pertenecientes a otra razón social, estar falsamente rotulado resultando ser en consecuencia ilegal.
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