El Senado avanzó con el dictamen de la nueva ley de discapacidad y quedó lista para el recinto

Un plenario de comisiones de la Cámara alta avanzó con el despacho del proyecto que establece un nuevo marco normativo para la discapacidad y supera la actual emergencia que vence a fin de año. La iniciativa, que ya había sido aprobada previamente en Diputados, obtuvo el respaldo necesario en las comisiones de Presupuesto y Hacienda, liderada por Agustín Monteverde, y de Población y Desarrollo Humano, presidida por Alicia Kirchner. Durante el debate, la titular de esa comisión remarcó la urgencia de otorgar una sanción antes del 31 de diciembre para garantizar la cobertura.
El texto consensuado convalida pensiones equivalentes al 70% del haber mínimo jubilatorio y fija al Certificado Único de Discapacidad (CUD) como la herramienta central para el acceso. A su vez, por demandas opositoras y de aliados, se ratificó la compatibilidad entre el cobro del beneficio y un empleo formal, siempre que los ingresos no superen dos salarios mínimos. En el transcurso de la discusión, legisladores como Carlos Linares, Patricia Bullrich, Alejandra Vigo, Guillermo Andrada, Juliana di Tullio, Bruno Olivera Lucero, Joaquín Benegas Lynch y Carmen Álvarez Rivero expusieron posturas diversas sobre la urgencia, los controles y los alcances de la norma.
Entre los puntos centrales, el proyecto incorpora un nomenclador universal de prestaciones y un arancel unificado, además de asegurar el acceso a las coberturas básicas de salud previstas en la ley 24.901 a través del Programa Incluir Salud. Para aventar objeciones sobre el financiamiento, la norma detalla las partidas específicas del Ministerio de Salud y prevé asistencias financieras desde el Tesoro nacional si los recursos resultaran insuficientes frente a la inflación.
El articulado también introduce un esquema de fiscalización más riguroso mediante auditorías periódicas de la Secretaría Nacional de Discapacidad en conjunto con organismos como ANSeS, ARCA, Renaper y el SINTyS. En caso de detectarse irregularidades, se habilitan suspensiones preventivas sujetas a un debido proceso. Finalmente, se fijaron plazos estrictos para cancelar deudas pendientes con los prestadores, obligando al Poder Ejecutivo a publicar un cronograma en 30 días y a saldar los montos en un plazo no mayor a 90 días.