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Inocencia Fiscal II: la ARCA reglamentó el régimen pero aún faltan normas clave

27 de octubre de 2026 · Hace 1 min
Por · Diario La Campaña · Chivilcoy
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Inocencia Fiscal II: la ARCA reglamentó el régimen pero aún faltan normas clave

El Gobierno avanzó en la implementación de la Inocencia Fiscal II a través de una nueva normativa emitida por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). La medida fijó los detalles operativos del Régimen de Declaración Jurada Simplificada de Ganancias mediante la Resolución General 5916/2026, adaptando los procedimientos a la Ley 27.826 y al Decreto 1253/2026.

A pesar de la publicación oficial, los especialistas del sector advierten que todavía no se encuentran reunidas todas las condiciones para movilizar los ahorros informales hacia el sistema financiero con total tranquilidad operativa. El principal escollo radica en la necesidad de contar con las directrices específicas que debe emitir la Unidad de Información Financiera (UIF), organismo dependiente del Ministerio de Economía.

Desde el ámbito tributario se detalló que la normativa fiscal ya permite regularizar la situación patrimonial ante el organismo recaudador, pero el circuito financiero permanece a la espera de los lineamientos antilavado. En este sentido, el contador Marcos Felice indicó que el marco impositivo actual habilita la declaración de los fondos sin cuestionamientos sobre su origen, aunque remarcó la faltante de las regulaciones de la UIF y del Banco Central de la República Argentina (BCRA).

Por su parte, Noelia Girardi, gerenta de impuestos en Lisicki, Litvin & Abelovich, señaló que la norma representa un progreso pero llega a pocos días de la fecha límite establecida para la presentación de la declaración jurada de Ganancias 2025, fijada para el viernes 30 de octubre. La especialista enfatizó que la resolución exige además convalidar aquellas adhesiones que se hubieran efectuado bajo el esquema anterior.

En la misma línea, Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, apuntó que la reglamentación de la UIF constituye el eslabón fundamental que los bancos, escribanos y agentes de liquidación y compensación (ALyC) utilizarán para auditar las operaciones con divisas. Dicha reglamentación tiene como plazo máximo el próximo 2 de noviembre para su difusión oficial.

La demora en completar el paquete regulatorio impulsado por el ministro de Economía, Luis Caputo, genera expectativas en el mercado financiero, donde los contribuyentes evalúan los pasos a seguir antes de introducir los denominados dólares guardados fuera del circuito formal en las distintas operaciones patrimoniales.

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