Las tareas de cuidado y de crianza post separación en su gran mayoría quedan a cargo de las mamás
La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley para la creación de un Registro Único de Deudores Alimentarios Morosos de la Nación (ReUDAM) bajo la órbita del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. La iniciativa apunta a brindar una solución al problema social generado por aquellas personas que incumplieron una resolución judicial o un convenio homologado judicialmente de prestar alimentos a hijos o familiares.
Para conocer cómo puede impactar la ley en la práctica decidimos consultar en Radio del Centro a una abogada especialista en la materia como es la Dra. Valeria Alcaín.
Registro de Deudores Alimentarios Morosos
“Fue generada una ley con la intención de unificar el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, existen registros provinciales y en algunas ciudades, registros locales como sucede en Junín, la idea de la ley es poder unificar a nivel nacional todos esos registros, generar una base de datos para poder establecer diferentes sanciones.
A partir de esa unificación en la base de datos que establece la ley, los deudores alimentarios morosos no podrán acceder a abrir cuentas bancarias, a sacar tarjetas de créditos, préstamos, tampoco obtener licencias de conducir. Estimo que funcionará al estilo veraz y si figura en este listado de deudores morosos no tendrán acceso a cuentas bancarias, tarjetas de crédito. Para ingresar en ese listado, que me parece muy importante, no es necesario el incumplimiento de sentencias definitivas si no que cuando hay una sentencia de alimentos provisoria y se genera un incumplimiento de tres meses ya se puede solicitar la inscripción en ese registro.
A los fines de la cuotas alimentarias y aquello que sucede con los procesos, es una herramienta más”.
A la justicia
“Es tremendo lo que socialmente sucede con los procesos de alimentos y contamos con un 80 por ciento de madres que deben recurrir a la justicia para que ese papá pague alimentos porque generalmente, post separación, se desentiende absolutamente de la crianza desde lo económico y desde lo afectivo. No estoy diciendo que ocurre en la totalidad de los casos pero sí un gran porcentaje; hay muchos padres con crianza compartida, varios que se hacen cargo unilateral de los hijos y la que pasa alimentos es la mamá pero son los menos. Actualmente, las tareas de cuidado y de crianza post separación en su gran mayoría quedan a cargo de las mamás que deben recurrir a la justicia para reclamar alimentos porque los papás por propia voluntad no pasan cuotas y cuando se inicia el reclamo judicial ocurren las cuestiones más horrendas dentro del derecho de familia porque aparece la violencia económica, generalmente esos papás evaden la cuota alimentaria cuan si fuera una deuda fiscal, realizan maniobras inimagibles para no pagar una cuota alimentaria que como máximo no superan los $ 20 mil.
A partir de lo expuesto, surge el trabajo de los abogados y las abogadas para lograr que ese alimentante cumpla.
Fallos para la cuota alimentaria
Los fallos que saqué fueron en esa lucha para que puedan cumplir porque empiezan a evadir, lo primero que hacen es renunciar a su trabajo o trabajar sin registrarse, vender los bienes, ponen los autos a nombre de otras personas. Ante todas esas maniobras, hay que ir por otros lugares y llegue a retener la cuota alimentaria en una factura de energía eléctrica porque era lo único que tenía el señor a su nombre y absolutamente nada más. Durante todo el proceso lo que hacemos es demostrar que dolosamente no se paga la cuota, un requisito para que procedan las sanciones porque puedo asegurar se los intima millones de veces antes de lograr una sanción de estas características. Cuando notamos que es totalmente doloso el incumplimiento vamos por sanciones más fuertes.
Con respecto a la factura de energía eléctrica, EDEN cumplió durante dos o tres meses el depósito y posteriormente lo dio de baja, también responsabilizo a la empresa porque todas las partes debemos tener un compromiso social con respecto al cumplimiento alimentario. Si una empresa tiene una manda judicial, una medida cautelar de cobrar una cuota alimentaria y accede a dar de baja sin informar a la justicia, es grave también. Cada uno tiene que aportar su granita de arena al respecto y no nos podemos hacer los tontos como sociedad”.
Trámites ágiles
En mi caso agilizo un montón el trámite y no necesito más que una petición. No tenemos que estar juntando tickets ni declarando los gastos porque me parece una violación a la intimidad de lo que gasto para dar de comer a sus hijos. Es una cuestión de sentido común, de costo de vida y generalmente suele ser rápido. El proceso ingresa al Juzgado con una declaración de gastos y una de lo que gana el papá, rápidamente se fijan alimentos provisorios y se establece una audiencia que en caso de no haber acuerdo, continúa el proceso.
Estamos tratando que esos procesos sean rápidos, muchas veces lo que más tarda es poder notificar a los hombres que tratan de evadir pero se agilizó bastante en el último tiempo.
A la Justicia la hacemos entre todos y está la creatividad de los abogados, si no se me ocurría pedir al Juzgado por percibir la cuota alimentaria a través de la factura de Energía Eléctrica ese fallo no lo sacaba y fue absolutamente inédito en el país, dando lugar a que salgan otros similares como en Cuenta DNI, billetera de Mercado Pago. Son fallos emitidos por el Juzgado de Chivilcoy que no existían en el país, pero fue porque los pedí. Es un trabajo en red, de fundamentación jurídica, ir solicitando al Juzgado que se aggiorne aunque sí son constantes las trabas y siento como que molesto en distintos aspectos que deberían darse de forma natural y por sentido común pero como no sucede tengo que estar empujando. La Justicia se va aggiornando y ahora existe una baja de línea muy importante de los organismos internacionales de aplicar perspectiva de género, caso contrario, es un incumplimiento del estado. Se va generando un cambio”.
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