Mar del Plata: condenan a inmobiliarias a pagar 4 millones por achicar un cuarto

La Justicia de Mar del Plata ordenó a dos sociedades vinculadas a un emprendimiento inmobiliario abonar una indemnización de $4.000.000 por daño moral a la dueña de un departamento. El fallo determinó que los trabajos realizados para aislar ruidos molestos afectaron las dimensiones del dormitorio principal, dejándolo por debajo de las medidas reglamentarias establecidas.
El conflicto judicial se originó a partir de una propiedad adquirida en marzo de 2018 por USD 315.000. Hacia finales de 2019, la propietaria denunció ruidos provenientes de la cocina vecina. Tras acuerdos con las empresas, en 2020 y 2021 se ejecutaron tareas de insonorización que incluyeron la colocación de placas en paredes y techos, lo cual alteró la funcionalidad del espacio.
Durante agosto de 2021, la pareja de la damnificada advirtió la reducción del lugar y frenó las obras. Un acta notarial y un informe privado posterior confirmaron que el dormitorio principal incumplía con los parámetros vigentes, situación respaldada luego por una pericia oficial que determinó que la altura bajó a 2,24 metros —cuando el mínimo es 2,40 metros— y la superficie descendió a 9,97 metros cuadrados.
El Juzgado en lo Civil y Comercial n.° 10 rechazó la pretensión principal de la demandante de obtener una unidad equivalente o la restitución total del dinero abonado, al considerar que la falta de aislación original no fue probada fehacientemente y que las fallas técnicas podían corregirse con otros métodos sin necesidad de reemplazar el inmueble.
Asimismo, la magistrada desestimó los planteos dirigidos contra el presidente de una de las firmas, dos arquitectos y terceros citados, al no hallar pruebas de su responsabilidad directa en la modificación del espacio. Tampoco prosperaron los pedidos de lucro cesante, daño emergente ni daño punitivo.
Finalmente, la sentencia estableció el pago de los cuatro millones de pesos más un interés anual del sexto por ciento desde septiembre de 2021, sumado a las costas procesales que recaen sobre las dos sociedades vendedoras y desarrolladoras condenadas.