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Condenan a un club de Mar del Plata a pagar 99 millones por un muro sin protección

11 de octubre de 2026 · Hace 3 h
Por · Diario La Campaña · Chivilcoy
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Condenan a un club de Mar del Plata a pagar 99 millones por un muro sin protección

Un juzgado civil y comercial de Mar del Plata dictó una sentencia que obliga a un club deportivo, a su concesionario y a una aseguradora a abonar una indemnización inicial de $99.275.007,46, además de intereses y tratamientos médicos, por las lesiones que sufrió un jugador amateur tras impactar contra una pared situada muy cerca de la cancha. La resolución también impuso la obligación de modificar o proteger la estructura para prevenir futuros siniestros.

El episodio ocurrió el 17 de agosto de 2008, cerca de las 18. La víctima, que en ese momento tenía 21 años, disputaba un encuentro de fútbol en césped sintético dentro de las instalaciones de la entidad demandada. Al correr tras el balón, derrapó y golpeó su brazo derecho contra un muro de material que funcionaba como base de una antena, ubicado a escasos 50 centímetros del perímetro de juego y sin ningún tipo de cobertura amortiguadora.

A raíz del impacto, el deportista sufrió una fractura desplazada en el tercio distal del húmero derecho y debió ser trasladado en ambulancia hacia un hospital público. El expediente atravesó diversas instancias, incluyendo una primera sentencia en septiembre de 2024, la anulación por parte de la Cámara de Apelaciones el 8 de octubre de 2025 y una audiencia conciliatoria sin acuerdo celebrada en abril de este año.

En su presentación, el demandante había reclamado inicialmente $144.000 para cubrir gastos médicos, pérdida de ingresos, daños morales, psicológicos y estéticos, detallando que debió someterse a dos cirugías, internación y rehabilitación. Por su parte, la defensa intentó desligar responsabilidades al argumentar que se trataba de un riesgo propio del juego y que la explotación del predio correspondía a un tercero.

No obstante, el magistrado descartó estos planteos y encuadró el litigio en una relación de consumo, remarcando que tanto el propietario como el explotador debían garantizar condiciones seguras. A partir de diversos testimonios, el fallo concluyó que la pared constituía un elemento peligroso por su cercanía con el campo, por lo que ordenó el pago del resarcimiento y la adecuación edilicia del lugar.

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