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Etcheverría solicita sacar del circuito de bicisendas a las calles Pellegrini, Alvear y Bolívar, teniendo en cuenta “la crisis que atraviesa el comercio en partido de Chivilcoy”

  • hace 1 día
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El concejal Juan Martín Etcheverría presentó en el día de ayer un proyecto con motivo de modificar el artículo 1 de la ordenanza 6014 referida al funcionamiento de la bicisenda.

El edil teniendo en cuenta “la crisis que atraviesa el comercio en partido de Chivilcoy” plantea una readecuación en cuanto al uso de la bicisenda dejándola sin efecto en las principales calles comerciales del centro de la ciudad.

Entre sus considerandos, enumera que, “el espacio público urbano no debe ser concebido únicamente desde una lógica de circulación, sino también como un ámbito de encuentro, interacción social y desarrollo comunitario.

Que la vida en sociedad se funda en la relación directa entre las personas, en el intercambio cotidiano, en el contacto humano y en la construcción de vínculos que fortalecen el tejido social de la ciudad.

Que el comercio local cumple un rol central en dicha interrelación, constituyéndose no solo como un motor económico, sino también como un espacio de encuentro, diálogo y pertenencia entre vecinos.

Que el crecimiento sostenido de la venta electrónica y de las plataformas de comercio digital, si bien representa un avance tecnológico significativo, ha generado efectos colaterales sobre el comercio de cercanía y sobre la dinámica social de los centros urbanos.

Que resulta responsabilidad del Estado municipal promover políticas que equilibren el desarrollo tecnológico con la preservación de los espacios de interacción humana, evitando que los avances tecnológicos deriven en el aislamiento social o en el vaciamiento de los centros comerciales tradicionales.

Que la disponibilidad de estacionamiento y la adecuada accesibilidad vehicular constituyen factores

determinantes para estimular la concurrencia al comercio local, favoreciendo la circulación de consumidores y el fortalecimiento de la actividad económica.

Que la eliminación de determinadas bicisendas permite recuperar espacios para el estacionamiento, mejorar la accesibilidad comercial y promover una mayor afluencia de personas a las zonas comerciales, incentivando la actividad económica y el encuentro social.

Que esta medida no implica una oposición al uso de la tecnología ni a los nuevos medios de comercialización, sino una política activa de defensa del comercio local, de la vida urbana y de la interacción humana como valores fundamentales de la comunidad.

Que promover ciudades vivas, con centros comerciales activos y relaciones humanas directas, constituye un objetivo estratégico para el desarrollo social, económico y cultural del municipio”.

El concejal sostiene que las calles Pellegrini, Bolívar y Alvear “han sido las elegidas por los vecinos de Chivilcoy como las calles comerciales por excelencia de nuestra ciudad”; a partir de los argumentos esgrimidos Etcheverría solicita concretamente al Departamento Ejecutivo (D.E.):

 

ORDENANZA

Artículo 1.- Modifiquese el art.1 de la Ordenanza 6014 (Bicisendas), el que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 1.- Implementar un carril de bicisendas en la Ciudad de Chivilcoy, en todas las calles del área delimitada por la denominada primera circunvalación, esto es el perímetro de las avenidas Avellaneda, 22 de Octubre, Etcheverría, 3 de Febrero, Urquiza, Bernardo de Irigoyen, Guemes y Ortiz. Se exceptúa de la implementación a las calles Pellegrini, Bolívar y Alvear.

Artículo2.- El D.E municipal a través del área que corresponda modificará la señalización de carteles y se encargara de la difusión de la modificación antes mencionada pudiendo de considerarlo necesario requerir la participación del personal de Guardia Urbana como Policial en la zona para prevenir accidentes y que brinde cooperación para la implementación exitosa de la medida.

 

DEMARCACIÓN Y PINTADO

Para el concejal, “las bicisendas no cuentan con la demarcación correspondiente y también solicita al Departamento Ejecutivo, comenzar con la remarcación y el pintado de las mismas en un plazo no mayor a 30 días a partir de la sanción de la presente Ordenanza cuyos trabajos establecidos podrán hacerse por etapas, según criterio de las áreas técnicas intervinientes con gastos aplicados a la partida presupuestaria correspondiente del Presupuesto para el ejercicio 2026”.


 
 
 

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