Fallo: el Tribunal le da los puntos a Huracán y exime de sanciones económicas a Varela

Fallo: el Tribunal le da los puntos a Huracán y exime de sanciones económicas a Varela
La resolución del Expediente N° 2601098 sienta un precedente clave en el reglamento local sobre las obligaciones económicas de los clubes visitantes penalizados y la falta de cobertura policial.
El Tribunal de Disciplina de la Liga Chivilcoyana de Fútbol dio a conocer finalmente la esperada resolución contenida en el Boletín Oficial Nº 25-2026 respecto al trunco encuentro entre el Club Atlético Huracán y el Club Social y Deportivo Florencio Varela correspondiente a la fecha 5 del Torneo Clausura que no se disputó por inconvenientes con el operativo policial. En un fallo de amplio sustento reglamentario, el órgano disciplinario decretó formalmente la pérdida del partido para la escuadra visitante y adjudicó los tres puntos en disputa a la entidad de la avenida Lisandro de la Torre, registrando un marcador oficial de 1 a 0 a favor del Globo.
El trasfondo del conflicto se remonta a la fecha en que ambos planteles, junto a las ternas arbitrales, se presentaron en las instalaciones del estadio de Huracán en condiciones de disputar el cotejo. Sin embargo, el balón nunca pudo rodar debido a la ausencia total de efectivos policiales, situación que obligó al colegiado principal a suspender la jornada sin dar inicio al partido. La controversia radicaba en determinar sobre cuál de las dos instituciones recaía la responsabilidad de dicha falencia operativa.
Para comprender el veredicto, el Tribunal analizó en detalle las normativas vigentes fijadas por la Asamblea de la Liga Chivilcoyana. Según lo establecido por el máximo órgano liguero, los gastos extraordinarios derivados del servicio de policía deben ser costeados por el club que actúa en condición de visitante cuando este se encuentra bajo sanción o penalización. En este caso particular, Florencio Varela revestía dicha condición de club penalizado.
El elemento determinante en el expediente fue la nota formal presentada por Florencio Varela con fecha 21 de agosto de 2026. En dicho comunicado, la dirigencia del club visitante manifestó de manera explícita su imposibilidad económica para afrontar el pago del operativo policial requerido. De esta manera, el Tribunal entendió que existió un reconocimiento expreso de la obligación, seguido por la incapacidad de darle cumplimiento, lo cual derivó directamente en la falta de custodia en la cancha.
Si bien el artículo 106 inciso N) del Reglamento de Transgresiones y Penas prevé ordinariamente la pérdida de puntos para el equipo local ante la falta de policía, los miembros del Tribunal dictaminaron que dicha norma no resultaba aplicable a Huracán. El informe arbitral confirmó que la institución local no incurrió en ninguna omisión, negativa o falta organizativa, quedando demostrado que la ausencia de las fuerzas de seguridad fue provocada por una conducta ajena, directamente atribuible al incumplimiento del club visitante.
En aplicación del principio de responsabilidad deportiva, la resolución remarca que un club no puede beneficiarse de su propia falta ni privar de eficacia a las decisiones adoptadas por la Asamblea. En consecuencia, al no existir margen para sancionar al local ni para reprogramar el partido sin vulnerar el reglamento, se determinó otorgar la victoria a Huracán por la mínima diferencia.
Un detalle relevante del fallo es la ausencia de multas económicas adicionales o sanciones accesorias para Florencio Varela. El organismo disciplinario limitó estrictamente la penalización al ámbito deportivo, absteniéndose de imponer resarcimientos o multas en efectivo, entendiendo que la pérdida del encuentro y la adjudicación de los puntos al rival constituyen la consecuencia reglamentaria suficiente para cerrar el expediente.
Con esta resolución, el torneo local reordena su tabla de posiciones en la Primera División, otorgándole a Huracán tres unidades valiosas que lo devuelven seriamente a la pelea por la clasificación, mientras que deja sentado un criterio institucional claro de cara al futuro sobre la cobertura de costos policiales en el ámbito de la Liga Chivilcoyana.
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