Luz roja para las motos "desarmadas": el Municipio podrá retener los vehículos que circulen sin sus elementos de seguridad de fábrica

Luz roja para las motos "desarmadas": el Municipio podrá retener los vehículos que circulen sin sus elementos de seguridad de fábrica
El Honorable Concejo Deliberante aprobó un proyecto de ordenanza presentado por el bloque Fuerza Patria; “fue aprobado por la mayoría”, destacó el concejal, Fernando Cabani. La medida busca combatir los riesgos viales que generan los motovehículos "pelados" y brindar una herramienta preventiva contra el delito automotor local.
La ordenanza contó con los votos positivo os de los bloques Fuerza Patria, LLA-PRO, Hacemos y Fuerza Chivilcoyana, mientras que, Etcheverría voto en forma negativa y el bloque Primero Chivilcoy se abstuvo.
En una última sesión que mostró un amplio consenso político, el Honorable Concejo Deliberante de Chivilcoy respaldó con el voto de casi la totalidad de sus miembros una nueva ordenanza que regula el régimen de retención preventiva para motovehículos que circulen o permanezcan en la vía pública en "estado de desmantelamiento".
La normativa apunta de manera directa a los motovehículos —principalmente de baja cilindrada— que circulan desprovistos de los componentes mecánicos, eléctricos y de señalización con los que fueron ensamblados de origen. Con la entrada en vigencia de este texto, la Dirección de Tránsito y la Guardia Urbana municipal tendrán la facultad legal de retener de forma preventiva las unidades que incumplan estos requisitos básicos de seguridad.
CRITERIOS DE RETENCIÓN Y ALCANCE DE LA MEDIDA
La ordenanza define formalmente el "estado de desmantelamiento" y fija las causales objetivas por las cuales los inspectores podrán proceder al secuestro del vehículo, tanto en controles de tránsito como sobre unidades estacionadas en la vía pública:
Partes faltantes: Ausencia de guardabarros (delanteros o traseros), espejos retrovisores, cubrecadenas o protectores de la transmisión.
Fallas de visibilidad: Inexistencia o inutilización del sistema de iluminación (faro delantero, luces de posición, freno y guiños) o de los dispositivos reflectantes reglamentarios.
Exposición de riesgo: Instalación eléctrica o batería al descubierto por falta de cachas y tapas protectoras, con riesgo implícito de cortocircuito o incendio.
PROCEDIMIENTO PARA LA RESTITUCIÓN DE LAS UNIDADES
Desde el bloque autor explicaron que la retención preventiva constituye una medida cautelar administrativa de seguridad vial y no una pena anticipada. Para recuperar el vehículo retenido, el propietario deberá cumplir de forma obligatoria con dos requisitos ante el Juzgado de Faltas Municipal:
Acreditar titularidad: Presentar la documentación legal correspondiente que demuestre la propiedad de la moto.
Subsanar el riesgo: Reponer y colocar los elementos de seguridad faltantes. La autoridad de comprobación verificará las condiciones técnicas del vehículo antes de autorizar su entrega.
ESLABÓN CONTRA EL DELITO DE AUTOPARTES
Además del impacto en la seguridad vial, los fundamentos de la norma señalan un objetivo clave en materia de seguridad ciudadana: desincentivar el robo y desguace de motos.
Dado que el desmantelamiento suele ser una práctica habitual para ocultar la identidad de unidades sustraídas, la normativa exige que, previo a la entrega de cualquier moto retenida, se cruce la información del chasis y motor con los registros policiales. En caso de detectarse numeración adulterada o pedidos de secuestro activos, se dará intervención inmediata a la Justicia penal.
La norma prevé un plazo de 60 días para que el Departamento Ejecutivo reglamente sus aspectos técnicos complementarios e implemente los operativos de control en el partido.
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