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Ya no será necesario un PCR negativo para volver al trabajo en Provincia

8 de febrero de 2022 · Hace 1666 días
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Ya no será necesario un PCR negativo para volver al trabajo en Provincia

Lo dispuso el gobierno de Axel Kicillof. Rige para los empleados de empresas privadas. El mismo criterio regirá para quienes hayan sido contacto estrecho y deban aislarse.

El gobierno bonaerense estableció que, a partir de ahora, los empleados tanto de la administración pública como de empresas privadas no deberán presentar una prueba de PCR negativa luego de haber estado contagiados de coronavirus para reincoporarse a trabajar. El mismo criterio regirá para quienes hayan sido contacto estrecho y deban aislarse.

La decisión del Ejecutivo bonaerense fue pulicada en un suplemente del Boletín Oficial y fue determinado por los ministerios de Salud y de Trabajo, Nicolás Kreplak y Mara Ruiz Malec, respectivamente.

“Los trabajadores y las trabajadoras que hayan sido casos confirmados de CoVid-19 o contacto estrecho, no deberán exhibir test con resultado negativo ni ningún otro certificado similar para su reincorporación a los ámbitos de trabajo como así tampoco sus empleadores podrán requerirlo a tales fines”, sostiene la resolución firmada por los funcionarios de Kicillof.

Y aclara: “La presente medida resulta de aplicación para aquellas personas que hayan cumplido el correspondiente aislamiento previsto para los casos confirmados de COVID-19″.

Según los últimos criterios actualizados del Ministerio de Salud de la Nación, los casos confirmados sin vacunación o con esquema incompleto deberán realizar 10 días de aislamiento desde la fecha de inicio de síntomas. A su vez, los casos confirmados con esquema de vacunación completo (con la dosis de refuerzo aplicada o con menos de 4 meses de aplicada la segunda o tercera dosis del esquema primario -en los casos en que dicho esquema comprenda 3 dosis-) deberán cumplir 7 días de aislamiento desde la fecha de inicio de síntomas, con al menos 48 horas sin síntomas o con síntomas leves, más 3 días de cuidados especiales.

Los tres días de cuidados especiales contemplan: no concurrir a eventos masivos ni reuniones sociales, utilizar barbijo de forma adecuada -bien ajustado, tapando nariz, boca y mentón- en forma permanente en ambientes cerrados o abiertos donde haya otras personas, mantener la distancia social, ventilar los ambientes de manera continua y extremar los cuidados ante la presencia de personas con factores de riesgo.

Para los casos que sean contacto estrecho, los criterios son los siguientes: asintomáticos sin vacunación o esquema incompleto (sin dosis de refuerzo y con más de 4 meses de la aplicación de la segunda o tercer dosis del esquema primario – en los casos en que dicho esquema comprende 3 dosis- como las personas mayores de 50 años que recibieron Sinopharm y las personas inmunocomprometidas) que hayan realizado 10 días de aislamiento desde el momento del último contacto con un caso confirmado, o 7 días de aislamiento y hayan obtenido un test negativo a partir del séptimo día (test rápido de antígeno o técnicas moleculares).

Asimismo, quienes sean asintomáticos y tengan esquema de vacunación completo con la dosis de refuerzo aplicada hace más de 14 días o con menos de 4 meses de aplicada la segunda o tercera dosis del esquema primario (en los casos en que dicho esquema comprende 3 dosis: personas mayores de 50 años que recibieron Sinopharm y personas inmunocomprometidas) o que se han recuperado de un episodio de COVID-19 y que presentan una nueva exposición al virus dentro de los 90 días del episodio inicial se encuentran exceptuados de efectuar aislamiento preventivo y pueden continuar con su actividad laboral extremando las medias de cuidado.

Según explicaron desde el gobierno bonaerense, la medida es una extensión de lo anunciado por el Ejecutivo nacional el 19 de enero, que estableció: “Los trabajadores y trabajadoras que hayan tenido diagnóstico de COVID-19 y que no hayan requerido internación, podrán reincorporarse a sus actividades sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta cuando se trate de personas sin vacunación o con esquema incompleto y se hayan cumplido diez (10) días de la fecha de inicio de síntomas o desde la fecha del diagnóstico (para asintomáticos)”. (DIB).

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